El juez Víctor Trionfetti, a cargo del juzgado en lo
Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo 15 de la
Ciudad, estableció que Uber viola numerosas regulaciones y que el actuar del
Gobierno porteño fue correcto al realizar controles de tránsito impidiendo la
actividad de la mencionada empresa.
La sentencia en cuestión resolvió rechazar interpuesta
contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las subclases de
“peones, choferes, propietario de taxis y empresas del sector”, representados
por el Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federa.
También denegó la demanda
interpuesta contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la
subclase “socios-conductores” representados por Oscar Fabián Portillo y, la
subclase “usuarios-pasajeros”, representados por la Asociación PROCONSUMER”.
La sentencia tiene por alcance espacial, el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, por alcance subjetivo, todos los sujetos
de derecho incluidos en las clases y subclases que integran los frentes y el
GCBA.
Incluye a la empresa mundialmente conocida como
UBER, cualquiera sea la forma jurídica por la que emerge o emerja, pues al
estar debidamente notificada de este proceso colectivo, decidió no estar a
derecho.