El titular del Juzgado 5 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, Martín Converset, rechazó una medida cautelar que solicitaba no efectuar descuentos a los docentes por los días en huelga.
La secretaria general del sindicato se presentó junto a su apoderado, e iniciaron la acción de amparo contra el Ministerio de Educación, con el objeto de que "se le ordene abstenerse de efectuar descuentos en los sueldos de los afiliados de la Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMYP) por los días en los que ejercieron su derecho de huelga encontrándose vigente el Decreto Nacional 241/2021’".
Sostuvieron que "el GCBA continuó con el dictado de clases contraviniendo una norma emanada del Poder Ejecutivo nacional".
Explicaron que "el gremio y sus afiliados ejercieron su derecho de huelga desde el 19 de abril de 2021 hasta la fecha, medida que se continuará hasta que se cumpla la vigencia del decreto 241 y/o del que eventualmente lo reemplace".
Según informó Ijudicial, el magistrado señaló que "si bien a fin de que se configure la verosimilitud en el derecho no es posible exigir certeza, tampoco es apropiado declarar la procedencia de la medida cautelar sin una demostración convincente respecto de su admisibilidad".
"No se ha aportado elemento de prueba alguno que sustente los términos del relato de los hechos efectuado en la demanda", agregó.
Finalmente, Converset aclaró que "en el plano de lo hipotético, nada obstaría al reintegro oportuno de lo eventualmente descontado si se corroborase y acreditara un proceder culpable del Gobierno de la Ciudad como empleador".