En
el marco de un juicio oral y público en el cual se juzgó a un hombre de 28 años
por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra su exnovia,
la justicia porteña dictó veredicto condenando al imputado a tres años de
prisión de cumplimiento efectivo.
Según
indicó IJudicial, el fallo consideró al condenado como autor del delito de
amenazas y privación ilegal de la libertad, y disponiendo la conformación de un
cuerpo con especialistas en violencia contra la mujer para el tratamiento del
condenado.
Debido
a que el acusado contaba con una condena previa en suspenso, se dictó una pena
única de cuatro años y cinco meses de prisión.
Entre
la prueba expuesta durante el juicio, se presentaron ocho testigos propuestos
por la fiscal (efectivos policiales que asistieron a la mujer el día de los
hechos, vecinos que llamaron al 911 ante los gritos de auxilio escuchados,
personal de la Oficina de Asistencia a la Víctima del Ministerio Público Fiscal
que efectuó un informe de riesgo ante el contexto de violencia doméstica, un
amigo y la madre de la víctima).
También
se incorporaron las declaraciones testimoniales efectuadas oportunamente por
D.R., así como copia de la causa por homicidio en trámite, y una condena de
prisión en suspenso dictada contra el imputado por lesiones graves.
“La
víctima no está disponible porque la mataron. De no aceptarse el testimonio de
la víctima porque no está estaríamos invisibilizándola y acallándola una vez
más”, sostuvo la fiscal San Marco en su alegato final. Por su parte, la defensa
postuló “la absolución del defendido por orfandad probatoria” debido a que “la
única prueba del delito de amenazas son los dichos de D.R.”, y “no se le dio la
posibilidad de defenderse al imputado y ejercer el derecho de confrontación”.