La
justicia porteña rechazó la apelación planteada por el Instituto de la Vivienda
de la Ciudad, y confirmó la sentencia en la cual se le ordenaba brindar la
información solicitada por dos ONG’s, sobre ubicación, destino, dimensiones,
uso actual, situación de ocupación y afectación a alguna finalidad de todos los
inmuebles bajo su órbita.
Según
precisó IJudicial, el fallo de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo
Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires resolvió
rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Instituto de la Vivienda de
la Ciudad y, en consecuencia, confirmó la sentencia dictada a fines del mes de
abril por la jueza María Soledad Larrea.
Allí
se ordenó a la demandada que brindase la información requerida por la
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia [ACIJ] y la Federación de
Cooperativas Autogestionarias MOI Ltda, consistente en “un listado de tierras e
inmuebles de propiedad del IVC” en el que se detalle ente detalle ubicación,
destino, dimensiones, uso actual, situación de ocupación y existencia de algún
compromiso asumido por el GCBA respecto de cada inmueble.
Ante
la orden dispuesta en primera instancia en el marco de la causa caratulada
“Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros Contra IVC Sobre Acceso
a la Información”, el IVC apeló, argumentando, entre otros puntos, que se
requerían datos sensibles y que no existía obligación de proveer dicha
información en los términos del artículo 2° de la Ley 104 de acceso a la
información pública, en tanto la condena implicaba producir información que no
se poseía, sin imponer a la actora cubrir los costos que ello insumiere.