La norma sancionada actualiza de forma integral los montos de las sanciones de multa establecidas en el Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la Ley N° 1.472 texto consolidado según Ley N° 5.666.
Todos los valores de las multas que actualmente se encuentran establecidos en pesos serán actualizados de acuerdo con el Coeficiente de Estabilización de Referencia -CER– publicado por el Banco Central de la República Argentina correspondiente al mes de octubre del corriente año y convertidos en Unidades Fijas -UF.
Las Comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales consideraron en los fundamentos del despacho conjunto que fue presentado al Pleno que "se estima conveniente en relación con la sanción de multa prevista por el artículo 29, hoy determinada en Pesos, llevarla a unidades fijas. Teniendo como referencia el valor equivalente a medio litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino sede Central, permitiendo así su actualización de manera que las penas resulten adecuadas y cumplan con el fin resocializador que se propende".
Con la finalidad que la sanción de multa sea de cumplimiento efectivo, se modificó el artículo 29 incorporando que “La sanción de multa no permite su cumplimiento en suspenso”.
Por otra parte, se dispusieron límites a las sanciones y se actualizó el monto de la contravención contenida en el artículo 114 relacionada con la conducción con mayor cantidad de alcohol en sangre del permitido o bajo los efectos de estupefacientes, con el argumento que para modificar la conducta de los conductores y prevenir los accidentes de tránsito y la seguridad vial, es necesario adecuar las penas.
"En ese orden de ideas y en el entendimiento que las normas deben ir adecuándose a las realidades y observando que actualmente ésta contravención es menos gravosa en comparación a otras faltas de tránsito, es que consideramos de vital importancia la propuesta planteada, toda vez que por esta contravención se está sancionando a quien conduce con mayor cantidad de alcohol en sangre o bajo los efectos de estupefacientes y quien podría causar con su conducta la muerte de personas", argumentó el presidente de la Comisión de Justicia diputado Daniel Presti (VJ).